Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio, a través de mapas y planos georreferenciados;
- Fecha de creación: 01 Abril 2024
- Vigencia: 30 Junio 2024
- Validación: 26 Agosto 2024
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social
No aplica.
En virtud de la normativa vigente en la Ciudad de México, la atribución y facultad de realizar los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México recae en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Secretaría del Medio Ambiente y la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial. En este sentido, la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social no cuenta con información.